domingo, 3 de agosto de 2014

Hospital de la Asunción de Teruel, documentos


Hospital de la Asunción, 1939



Hospital de la Asunción, documentos




Escritura de cesión a la Mitra Episcopal del Hospital de la Asunción
  
 
      En el nombre del Dios Todopoderoso amén.

      En la villa y Corte de Madrid a veinte días del mes de octubre, año de mil setecientos cincuenta y cinco, ante mí el Secretario del Rey nuestro señor, Escribano de su real Casa y del número de esta Villa y testigos, el Sr. D. Francisco de Cascajares del Consejo de S.M. en el Real y Supremo de Castilla, en nombre de la Ciudad de Teruel, reino de Aragón y en el del Dr. Joaquín Marqués, Deán de la Santa Iglesia Catedral de ella, de D. José Mariano de Roa, D. Joaquín Arascot, Caballeros Regidores de la misma Ciudad; D. Bernardo Mesas, Prior del Capítulo General de las Siete Iglesias Parroquiales y Patrimoniales; D. Tomás Barrachina y Marco y D. Pedro Tejadillos, también Caballeros regidores de dicha Ciudad, cada uno por el derecho que representa y se expresará en virtud de sus especiales poderes otorgados ante Felipe Martí de Fombuena, escribano de su número y Ayuntamiento, en los días cinco y siete de abril del año pasado de mil setecientos cincuenta y dos, a favor del citado D. Tomás Barrachina y Marco, Caballero Regidor de la misma Ciudad, sustituidos por este a él de dicho Sr. Francisco de Cascajares, en veintitrés de mayo de este mismo año ante el referido Escribano, que originales acompañan al protocolo de este instrumento y se insertará en las copias que se dieren, de él dijo:

      Que en la referida Ciudad de Teruel hay un Hospital de tan antiguo que se ignora su fundación y origen, en el cual no solo se ha asistido y curado a los enfermos de dicha Ciudad, sino que por motivo de ser paso para la de Zaragoza, Valencia, Barcelona y otras partes, y por lo mismo concurrir a él muchos peregrinos y caminantes que van a visitar los Santuarios del Pilar, Montserrat y Desamparados, hallaban en sus dolencias asistencia y albergue en dicho Hospital, cuya manutención había corrido siempre a cargo de la Ciudad y atendiendo este a no tener el referido Hospital otra renta que la de ciento cincuenta pesos, aplicó la Ciudad parte de las rentas de sus propios arbitrios, hasta en cantidad de ochocientos a mil pesos, con proporción al número de enfermos, nombrando un Regidor para el gobierno, con el título de Clavario a cuyo cargo corrió, dando las disposiciones convenientes en el tiempo que la Ciudad pudo contribuir con la nominada consignación; pero habiéndose imposibilitado a continuarla en el año pasado de mil novecientos cuarenta y dos, por el valimiento general de la mitad de los propios arbitrios, por cuyo motivo le faltaron caudales no solo para este destino sino también los precisos para sus alimentos y gastos ordinarios, con el desconsuelo de no hallar medio proporcionado para asistir a los enfermos del nominado Hospital, el que se hubiera cerrado si el piadoso celo del Ilmo. Sr. D. Francisco Pérez de Prado y Cuesta, Obispo que era entonces de aquella Ciudad, no se hubiera ofrecido, movido por su ardiente caridad, a mantenerlo a sus expensas, como lo hizo desde el día catorce de agosto del citado año mil setecientos cuarenta y dos, a cuyo favor agradecida la Ciudad, en su Ayuntamiento, acordó en el mismo día en él, la dimisión que hizo poniendo en mano de su Ilmo. S.I. el cuidado y gobierno de dicho Hospital y obligándose a contribuir anualmente para la asistencia de sus enfermos con ciento diez pesos, a que era responsable y otros ochenta para salarios de médicos y cirujanos, en cuya forma unido S.I. del gobierno de dicho Hospital en el que se logró el mayor beneficio y buena asistencia a los enfermos. Y habiendo S.M. que dios le guarde, promoverle en el año mil setecientos cuarenta y seis al empleo de Inquisidor General de estos reinos, y pasado a ejercerle a esta corte, dejó encargado el cuidado, gobierno y asistencia de dicho Hospital a D. Francisco Antonio Campillo, su gobernador del Obispado, y continuando su liberalidad en alivio de los pobres, manifestó ser su ánimo establecer rentas fijas en el referido Hospital y para su gobierno una Junta o Sitiada a imitación de los de Zaragoza y Valencia; que entendida la Ciudad consideró no solo ser esto lo aceptable sino signo de las más expresivas gracias y que debía facilitar para conseguir tan importante fin, todos los medios que pendiesen de su arbitrio, y no teniendo alguno para sostener con sus rentas el Hospital, acordó en cinco de abril de mil setecientos cincuenta y dos ceder a favor de dicho Ilmo. Sr. Obispo Inquisidor General y de sus sucesores en el referido Obispado, el patronato del Hospital con todos sus derechos y acciones y cuanto a él era anejo y dependiente, en cuya resolución, acordada de conformidad de votos con consentimiento del Procurador General, se resolvió acudir al Concejo para la aprobación y habiéndolo hecho y pedido su informe a la Real Audiencia de Aragón, por autos que se proveyeron en dos de octubre del citado año, aprobaron la citada cesión del patronato pro Hospital hecha en la Ciudad a favor de la dignidad episcopal y para su observancia se libró el despacho correspondiente en seis del propio mes y año, y habiendo notado, que el área interior del Hospital, estaba situado un Corral de Comedias, al cual, y especialmente a los aposentos se entraba por la puerta principal y única del Hospital, ocupando su fondo una gran parte de lo que debía servir para cuarto de los curas, boticario, y varones sirvientes, separados de las criadas del Hospital, el Ayuntamiento por acuerdos de veinticuatro de abril de mil setecientos cincuenta y dos y catorce de abril de mil setecientos cincuenta y cinco, y presentados al Consejo estos acuerdos con los antecedentes, en diecinueve de junio de este año, se aprobaron y se extendió la facultad concedida a la Ciudad para la cesión al Hospital del Corral de Comedias para que pueda convertirse éste en cuartos del mismo Hospital como más convenga según la planta que se hiciera.

      … Concuerda con el original al que me remito…


* * *


Hospital de Nuestra Sra. de la Asunción – Teruel


      Este antiguo Hospital es una institución de fundación que se remonta a la conquista de Teruel, con los privilegios de Alfonso IV, Pedro IV y D. Martín de Aragón y D. Fernando I el Católico.

      Mereció la declaración de Patronato particular a favor de la Mitra por Dª. Isabel II en cuatro de julio de 1855.

      Al iniciarse el movimiento Nacional poseía un magnifico y vetusto edificio de grandes proporciones en el que se prestaban los siguientes servicios:

      Consultorio Médico Municipal.
      Clínica Hospital para heridos en accidentes de trabajo.
      Asistencia de Maternidad.
      Estancias militares.
      Clínica para pensionados.
      Cruz Roja.
      Comedores de Caridad.

      Desde el primer momento la Junta de Sitiada del Hospital puso este Establecimiento con todos sus servicios a disposición de la Causa Nacional, y durante el asedio fue uno de los reductos de resistencia. Estaba dotado de todos los elementos precisos para la Hospitalización de más de ciento cincuenta heridos, con el instrumental, material e instalaciones indispensables.

      Sufrió bastantes desperfectos, pero quedó todavía en condiciones de atender a múltiples servicios, y con una reparación no muy costosa hubiera servido para sus fines fundacionales. No obstante, apenas liberado Teruel, los equipos de Sanidad del Ejército nacional se llevaron del Hospital todo el material e instrumental, las camas, ropas y cuanto podía serles útil para atender a los heridos y enfermos.

      De las condiciones en que quedó el edificio da idea aproximada lo siguiente:

      En 14 de agosto de 1939 el Ayuntamiento pidió a la Junta autorización para alojar en el Hospital a los Maestros cursillistas.

     El doce de abril de 1940 la misma Corporación pidió el Hospital para alojar en él a ciento cincuenta Guardias Civiles de nuevo ingreso durante el periodo de Instrucción.

     El cinco de mayo de 1940 el Jefe Local de Reconstrucción, por orden del Gobernador Civil, mandó desalojar el Hospital para alojar en él un Batallón de Trabajadores.

    Posteriormente, Reconstrucción entendió necesario el edificio para desarrollar los proyectos de reforma interior de Teruel, y a partir de aquel momento, sin formalidad alguna, se incautó el edificio, lo derribó en gran parte, y aprovechando sus materiales, sin que la Junta pudiera oponerse, porque en nueve de julio de 1941 se recibió en la Secretaría, como contestación a la instancia presentada en 30 de octubre anterior, un telegrama postal del Ministerio de la Guerra, comunicando que: “POR EL SERVICIO DE REGIONES DEVASTADAS SE PROCEDERÁ A LA CONSTRUCCIÓN DE UN NUEVO HOSPITAL A CAMBIO DE LOS RESTOS DEL ACTUAL, EL CUAL SE EXPROPIA CON MOTIVO DE LA REFORMA DE LA PLAZA DE SAN JUAN”.

      Este Hospital dispone de los fondos necesarios para sostener treinta enfermos, como los sostuvo hasta mil novecientos treinta y seis, y como los sostendría hoy si dispusiera del edificio de su propiedad, aun en el estado en que quedó después de la guerra, pues para ello cuenta, no solamente con el capital fundacional y sus intereses de catorce años, si no también con los donativos, mandas, legados y prestaciones que otras organizaciones que sirven de sus benéficos servicios le conceden anualmente.

     Y para que surta sus efectos ante la Dirección General de Regiones Devastadas en el expediente de expropiación del Hospital de Nª Sº de la Asunción, de su iglesia y edificios anejos firmo con el Vº. Bº. del Excmo. Sr Obispo en Teruel a veinte de octubre de mil novecientos cincuenta y dos.


                                             Por la Junta de Sitiada
                                     
                                       Tomás Maicas-rublicado, Secretario


                 Vº. Bº.
      + Fray León, Obispo de Teruel


      Hay un sello que dice: Junta de Hospital de Nª Sª de la Asunción -Teruel
      Otro: Obispado de Teruel.



Izq. Iglesia de San Juan, Centro; Colegio SADEL-Hospital de la Asunción.


Hospital de la Asunción, 1939



Documentos adjuntos al expediente de expropiación del 
Hospital de la Asunción. AHPTE

Transcripción: Alfonso Utrillas Navarrete

 
aun2014



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